Ya sea que no pueda pagar su crédito hipotecario, está atrasado en el pago de impuestos, créditos, comparendos y/o servicios públicos o tenga deudas actuales que no pueda solventar, usted puede acogerse a la Ley de Insolvencia siempre y cuando:
- Tenga dos o más deudas actuales con distintas entidades o personas.
- Sus deudas se encuentren en mora superior a 90 días.
Si cumple con los requisitos anteriores, nuestros especialistas de Solución Insolvencia le brindan un acompañamiento y asesoría durante todo el proceso para lograr el mejor acuerdo, dándole tranquilidad y protegiendo su patrimonio.